Las universidades de Valencia y Alicante y el CEDEX ratifican que las críticas del Consell contra la desalinizadora de Torrevieja carecen de fundamento científico
Publicado por BlogEcologico 15 Junio 2007 en General, Instituciones.Tres informes científicos, elaborados por instituciones de reconocido prestigio, ratifican con el rigor necesario que las críticas vertidas desde el Consell en contra de la desalinizadora de Torrevieja carecen de todo fundamento. Estos documentos, elaborados, respectivamente, por las Universidades de Valencia y Alicante y por el CEDEX, acompañan las alegaciones presentadas por la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, Acuamed, ante el Tribunal Constitucional para solicitar que mantenga su decisión de suspender la orden de paralización de las obras, dictada en su momento desde el gobierno de la Generalitat Valenciana.
La documentación presentada esta semana por Acuamed ante el Tribunal Constitucional, que incluye las alegaciones jurídicas y los citados informes, forma parte del normal desarrollo de la causa abierta en este Tribunal tras la admisión a trámite del conflicto positivo de competencias presentado por el Gobierno en contra de la decisión del Consell de paralizar la construcción de la planta desalinizadora.
Los estudios, presentados por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), la Universidad de Alicante (UA) y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) analizan distintos aspectos relacionados con la ubicación y funcionamiento de esta planta, prevista por el Programa A.G.U.A. del Ministerio de Medio Ambiente, aportando conclusiones favorables a su ejecución.
La desalinizadora de Torrevieja cuenta además con el informe positivo de Declaración de Impacto Ambiental y con la financiación de la Comisión Europea, que aporta 55 millones de euros para su construcción, lo que demuestra que cumple con la normativa comunitaria. En este contexto se enmarca la visita informativa que han efectuado hoy a las obras de esta planta la delegación de la Comisión Europea, integrada, entre otros, por Georgios Peroulakis y Raúl Zorita, representantes de la Comisión Europea del Desk Officer for ROPV and Coordination of Environmental Iusses y de la Dirección General de Medio Ambiente, respectivamente.
Por otra parte, recientemente se ha tenido conocimiento público de sendas resoluciones de la Comisión Europea por las que se decide no admitir a trámite la demanda del Consell contra la planta de Torrevieja, y, asimismo, se archiva la que fue presentada en el año 2004 contra el Decreto Ley de modificación del Plan Hidrológico Nacional.
UBICACIÓN ÓPTIMA Y GESTIÓN EFICAZ
La UPV, a través del Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio, ha validado el exhaustivo estudio de Acuamed sobre la ubicación escogida para la planta, que analiza hasta diez localizaciones alternativas. Las conclusiones corroboran que el lugar elegido, entre el sur del casco urbano y el término municipal de Orihuela es el adecuado, según criterios de protección ambiental y urbanística.
La planta queda fuera de los límites del Parque natural de las Lagunas de La Mata y Torrevieja, evitando cualquier efecto sobre este espacio protegido, del que se ubicará a mayor distancia que otras instalaciones autorizadas por la Generalitat Valenciana, como la depuradora y la subestación eléctrica situadas en esta zona.
Por su parte, el Centro de Estudios de Puertos y Costas del CEDEX confirma que el método de gestión de la salmuera propuesto para la planta no producirá incrementos de la salinidad del mar, más allá de los permitidos por la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La investigación añade que los mecanismos de la desalinizadora para asegurar la dilución de la salmuera son correctos, y permiten correcciones en caso necesario.
AUSENCIA DE IMPACTO MEDIOAMBIENTAL
El Departamento de Ciencias del Mar de la Universidad de Alicante ha sido el responsable de analizar los posibles efectos de la actividad de la desalinizadora de Torrevieja sobre el medio marino de sus inmediaciones.
Las conclusiones han sido esclarecedoras, al ratificar que no existen praderas de posidonia oceánica (especie protegida por la Directiva de Hábitats europea) en la zona donde se sitúa el vertido de la planta, por lo que no pueden verse afectadas. La correcta ubicación de de dicho vertido y la profundidad de sus conducciones en el mar evitarán cualquier tipo de impacto.
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