El embargo preventivo de la matriz de Boliden permitirá a la Junta resarcirse de los gastos del vertido de Aznalcóllar
Publicado por BlogEcologico 22 Junio 2007 en General, Contaminación, Empresas.En relación con la información difundida hoy por la multinacional Boliden sobre el embargo cautelar de bienes de dicha empresa dictado por el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla por valor de más de 141 millones de euros, la Junta de Andalucía, como acreedora de dicha empresa por los gastos ocasionados a la Administración autonómica a causa del desastre de Aznalcóllar, y a falta de que le sea notificado el citado auto del juzgado, desea trasladar la siguiente valoración:
1) La Junta de Andalucía se felicita por esta relevante y pionera decisión judicial, en virtud de la cual, conforme a los Reglamentos comunitarios y a las posibilidades que otorga la nueva Ley Concursal Española, la Justicia ha procedido a “levantar el velo” de la filial española, Boliden Aprisa S.L., dirigiendo el embargo directamente contra la empresa matriz, la sueca Boliden AB. Esto supone que el embargo preventivo no se dirige contra los bienes de la empresa filial –que apenas cuenta con un capital social de 500.000 de las antiguas pesetas— sino contra el auténtico centro decisorio de la multinacional, y responsable, en consecuencia, del desastre de Aznalcóllar. Con esta decisión la Junta de Andalucía consigue su objetivo fundamental y largamente perseguido en esta causa contra la multinacional Boliden.
2) En consecuencia, la resolución judicial por la que se declaran embargadas en la cantidad de 141.041.185,70 euros, las participaciones ostentadas por dicha matriz BOLIDEN AB en las empresas del Grupo, garantiza que las deudas de dicha empresa por los gastos ocasionados tras el vertido de Aznalcóllar, incluyendo los 90 millones de euros que se deben a la Junta de Andalucía, puedan ser cobradas. Con esta resolución judicial, la empresa matriz ya no podrá tratar de eludir su responsabilidad en el espacio comunitario, ni esconderse tras el velo de la personalidad jurídica para dejar incumplidas sus obligaciones de restauración del Medio Ambiente.
3) Estas medidas cautelares, de obligado cumplimiento en Suecia de acuerdo con la normativa europea, han sido adoptadas en la sección de calificación del concurso que se sigue contra la filial española del Grupo Boliden. Quiere decirse con esto, que esta medida cautelar dictada en dicha sección presupone que ya ha habido una petición de culpabilidad en dicho concurso, en cuanto que como señala la Ley Concursal, los administradores y liquidadores de la sociedad hayan contribuido a la generación o agravación del estado de insolvencia, mediando dolo o culpa grave. Por lo tanto, el Auto ha considerado que hay una apariencia de buen derecho en dicha petición de culpabilidad, y ello no sólo respecto de los administradores de la filial española, sino de los propios administradores de la sociedad matriz, auténtica sociedad dominante y centro de decisiones de la misma, dentro de la estructura del citado Grupo multinacional.
4) La actuación de la Justicia española permitirá que el dinero público gastado y sufragado por todos los ciudadanos con sus impuestos para la restauración medioambiental sea resarcido. Lo esencial es que nuestro Estado de Derecho no puede consagrar “espacios en blanco” o “lagunas” que permitan que determinadas empresas traten de exonerarse de sus responsabilidades. Esta resolución contribuye a fortalecer el Estado de Derecho, que cuenta con instrumentos para actuar frente a las nuevas formas de actuación -en un mundo globalizado- de las empresas multinacionales. Es una buena noticia no sólo para la Junta de Andalucía como acreedora de la empresa responsable del vertido de Aznalcóllar sino también para todos los ciudadanos: permitir la impunidad de dichas conductas sería tanto como reconocer el fracaso de nuestro sistema legal y judicial.
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