Medio Ambiente no tiene competencias para derribar los chalés de Hoya Pozuelo, situados en el término municipal de Telde





El Portavoz del Gobierno de Canarias, José Miguel Ruano, ha realizado unas sorprendes declaraciones en relación con la demolición de un conjunto de chalés en la zona litoral de Hoya Pozuelo (Telde), atribuyendo incorrectamente al Ministerio de Medio Ambiente la incoación de los expedientes y la competencia en la materia, y negando la participación del Gobierno de Canarias en este asunto.

Nada más lejos de la realidad. En primer lugar, y en contra de lo que afirma el Portavoz del Gobierno de Canarias, las viviendas no están construidas sobre el dominio público marítimo-terrestre, sino sobre terrenos privados situados dentro de la franja de 100 metros contados a partir de la ribera del mar.
En este tramo de costa, la ribera del mar coincide con la línea que delimita el dominio público marítimo-terrestre, que fue aprobada por Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1985, es decir, casi tres años antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas, sin que fuera impugnada en ningún momento.
Los expedientes sancionadores abiertos contra varios chalés en esa zona litoral fueron incoados y resueltos por la Agencia de Protección del Medio Natural y Urbano, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, al entender que los mismos están situados sobre la zona de servidumbre de protección, adyacente el dominio público marítimo-terrestre, y que ello constituye una infracción tipificada en la Ley de Costas.
La apertura de dichos expedientes responde a la competencia del Gobierno de Canarias, y no del Ministerio de Medio Ambiente, para la gestión del la zona de protección. En estos expedientes, el Ministerio de Medio Ambiente no ha tenido participación alguna, salvo la de acreditar la delimitación del dominio público marítimo-terrestre.
Por lo tanto, no solo no es cierto que el Gobierno de “Canarias no tiene la competencia para articular u ordenar el derribo en esa zona”, sino que ha sido el Gobierno de Canarias quien ha ordenado el inicio y la tramitación de dichos expedientes sancionadores, y quien ha dictado la Resolución ordenando el derribo de las viviendas.
Tampoco se ajusta a la realidad la afirmación del Portavoz del Gobierno de que desde la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias “se han intentado soluciones con la Demarcación de Costas para evitar el derribo”, pues eso no ha sido así en ningún momento, ni tampoco hubiera tenido sentido, pues la competencia para la gestión de esa zona es del Gobierno de Canarias y no del Ministerio de Medio Ambiente.
Con respecto a la a advertencia del Portavoz del Gobierno de Canarias de que “eso tiene una solución posible”, si fuera así, estaría en pleno ámbito de las competencias del Gobierno de Canarias alcanzar la pretendida solución, pero en ningún caso tendría atribuciones para ello la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente.

ACTUACIONES RECIENTES DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

La más reciente intervención de la Dirección General de Costas en relación con este asunto, se refiere a la solicitud, por parte del promotor de las viviendas, de modificar el trazado de la ribera del mar hacia el exterior, de tal modo que la distancia de las viviendas a esa línea sea superior a 100 metros.
Esta solicitud particular, que sí es competencia del Ministerio de Medio Ambiente, ha sido tramitada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Costas, dando audiencia en el expediente a todos los interesados que se han personado y también al Ayuntamiento de Telde, a la Agencia de Protección del Medio Natural y Urbano, y a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias.
Durante este procedimiento se han analizado los estudios técnicos presentados por los particulares afectados, y se han realizado otros estudios contradictorios por parte de la Dirección General de Costas, hasta que finalmente, con fecha 29 de mayo de 2007, se ha resuelto que no existen razones objetivas para modificar la delimitación de la ribera del mar, vigente desde el año 1985, que en esa zona coincide con el límite del dominio público marítimo-terrestre.
Esta Resolución de la Dirección General de Costas, que no entra en absoluto, ni puede hacerlo, en las actuaciones realizadas por el Gobierno de Canarias en relación con los expedientes de su competencia y con su Resolución acordando el derribo de las viviendas, fue notificada recientemente a todas las partes interesadas, así como al Ayuntamiento de Telde y al Gobierno de Canarias.

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